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28 Si un toro acornea y mata a un hombre o a una mujer, se matará a pedradas al toro y no se comerá su carne; su dueño quedará libre de culpa. 29 Puede suceder que el toro ya había embestido en otras ocasiones y el dueño del animal, estando avisado, no tomó precauciones; en tal supuesto, si el toro mata a un hombre o una mujer, al toro se le matará a pedradas y el dueño deberá morir. 30 Si se le permite rescatar su vida a cambio de una multa, pagará la cantidad impuesta. 31 Se aplicará esta misma ley en el caso de que el acorneado sea un muchacho o una muchacha. 32 Si el toro acornea a un esclavo o a una esclava, el dueño del toro pagará treinta monedas de plata al amo del esclavo o de la esclava, y el animal morirá apedreado.

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