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26 Si el sacerdote no encuentra nada raro en la piel, mantendrá apartado al enfermo durante siete días. 27 Al séptimo día lo revisará, y si la mancha se ha extendido por la piel, deberá declarar impuro al enfermo. 28 Por el contrario, si la mancha no se ha extendido y tiende a desaparecer, lo declarará puro, pues se trata sólo de la cicatriz de la quemadura.

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