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16 »Si alguien consagra una parte de su campo al Señor, el sacerdote determinará el precio del terreno de acuerdo con la cantidad de semilla que se pueda sembrar en él. Por cada doscientos veinte kilos de semilla se pagarán cincuenta monedas de plata. 17 Si alguien consagra su campo en el año del jubileo, pagará el total de su valor; 18 pero si lo hace después del año de jubileo, entonces el valor será calculado en proporción al número de años que falten para el próximo jubileo.

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