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17 Y si dedica su tierra en el año del jubileo, conforme a tu estimación quedará.

18 Mas si después del jubileo dedica su tierra, entonces el sacerdote hará la cuenta del dinero conforme a los años que queden hasta el año del jubileo, y se rebajará de tu estimación.

19 Y si el que dedicó la tierra quiere redimirla, añadirá a tu estimación la quinta parte del precio de ella, y se le quedará para él.

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